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Mantiene el criterio de que hay prevaricación

AMP.Fiscalía recurre el archivo de la denuncia contra siete cargos de Economía por adjudicaciones sin licitación

La Fiscalía vallisoletana ha recurrido el sobreseimiento de las diligencias que acusaban a determinados cargos de la Consejería de Economía de la Junta de haber adjudicado directamente en 2010 diversos contratos que fueron fraccionados para no superar los 18.000 euros y así no tener que sacarlos a licitación pública, al mantener el criterio de que tal actuación constituye un delito de prevaricación y, por ello, ha solicitado la reapertura de la causa y su tramitación en tres procedimientos separados.

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16/9/2014 - 18:27

VALLADOLID, 16 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía vallisoletana ha recurrido el sobreseimiento de las diligencias que acusaban a determinados cargos de la Consejería de Economía de la Junta de haber adjudicado directamente en 2010 diversos contratos que fueron fraccionados para no superar los 18.000 euros y así no tener que sacarlos a licitación pública, al mantener el criterio de que tal actuación constituye un delito de prevaricación y, por ello, ha solicitado la reapertura de la causa y su tramitación en tres procedimientos separados.

De este modo la acusación pública, a través del recurso de apelación al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, no sólo muestra su total disconformidad con la decisión del Juzgado de Instrucción número 1 sino que interesa de la Audiencia Provincial que la reapertura lleve aparejada la instrucción de tres procedimientos separados.

En concreto, pide que se inicien actuaciones contra Víctor Valverde Gómez, en la época de los hechos investigados director general de Economía y en la actualidad profesor en la Universidad de Valladolid; Carlos Teresa Heredia, actual director general de Economía Social y Autónomos de la Consejería de Economía, y Miguel Ángel Díez Mediavilla, quien fuera director general de Trabajo y hoy inspector de trabajo de la Administración central, por hechos imputables respecto de distintos contratos adjudicados.

Para el departamento que dirige Esther Pérez Jerez el sobreseimiento acordado por José María Crespo de lo que en principio se tramitó como un único procedimiento, tras las denuncias de la propia Fiscalía y del Consejo de Cuentas de Castilla y León, infringe distintos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en parte por no haber practicado las diligencias de investigación suficientes para determinar la relevancia penal de los hechos, aunque como premisa recuerda que la conducta de los denunciados constituye una "ilegalidad con entidad suficiente como para integrar el delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal".

Así, sostiene que el polémico fraccionamiento, "además de vulnerar la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), impide acceder en igualdad de condiciones a la contratación pública en tanto que no hay licitación, ni hay publicidad ni transparencia ni garantiza mayor eficiencia y control del gasto, puesto que con tal decisión de fraccionar lo que es una unidad funcional se impide conocer si de haberse licitado públicamente hubiera habido una oferta más ventajosa".

Aunque los imputados alegaron que "era el procedimiento habitual en la Junta, así se ha hecho siempre", la acusación pública vuelve a discrepar respecto del sobreseimiento acordado por el juez y hace suyas distintas sentencias, entre ellas una de la Audiencia de Murcia, que condenó por prevaricación hechos similares registrados en el Ayuntamiento murciano, al tiempo que muestra igualmente su disconformidad con la fundamentación dada por el instructor en cuanto a que el sistema utilizado podía estar sometido a interpretaciones diversas.

ARCHIVO PREMATURO

A este respecto, la Fiscalía vallisoletana es clara al asegurar que el archivo de la investigación se ha acordado de forma prematura por cuanto esa dispar interpretación es preciso acreditarla, y ello máxime cuando el criterio seguido por el Consejo de Cuentas es el "legal y doctrinal, cual es el de la existencia de una unidad funcional en el objeto del contrato", lo que, a juicio de la acusadora pública, ha sido "desatendido por las tres direcciones generales sustituyendo la ley por su voluntad".

Por ello, entiende que tal extremo es susceptible de acreditación y que bastaría con recabar del Consejo de Cuentas informe relativo a las observaciones realizadas desde su constitución a los contratos menores de la Consejería de Economía y Empleo, con las alegaciones realizadas por ésta y la respuesta del citado órgano. "De constatarse la existencia de advertencias previas, difícilmente podría sostenerse, como hace el instructor, que es factible otra interpretación", añade.

También considera prematura la decisión del juez por no haber investigado determinados hechos que incluso al instructor causaron cierta sorpresa, como el gasto del minibar de las habitaciones ocupadas durante la celebración de la Pasarela de la Moda, las partidas de material (USB y cuadernos) del Congreso de Economía, en los que aprecia importes alejados del coste ordinario del producto facturado; la posible facturación dos veces de los contratos relativos a las campañas informativas para elecciones a la Cámara de Comercio, o el hecho de que no existan partidas diferenciadas en los contratos de los Premios Escolares.

NUEVE IMPUTADOS

En el transcurso de las diligencias, archivadas provisionalmente, llegaron a declarar el pasado día 24 de abril en calidad de imputados siete cargos de la Consejería de Economía y dos exmandatarios, entre los primeros el actual director general de Economía Social y Autónomos de la Consejería de Economía, Carlos Teresa Heredia. Todos ellos, de forma unánime, sostuvieron que los contratos formalizados por la Junta se hicieron dentro de la más absoluta legalidad y siguiendo las directrices marcadas por ley.

Teresa, cuya declaración ante el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid, José María Crespo, fue, junto con la de Juan Carlos Martínez, jefe de Servicio de Actuaciones Estratégicas Comerciales, la que más se alargó en el tiempo, mostró su "absoluta tranquilidad" y voluntad de colaborar con el instructor en todo aquello que precise.

Su tranquilidad se fundamentaba en la convicción de que "los procedimientos seguidos han sido los establecidos al efecto y con el cumplimiento absoluto y total de la normativa legal", rechazando de este modo supuestos tratos de favor a determinadas empresas en la adjudicación de servicios que, según entiende el Consejo de Cuentas, se hicieron sin licitación pública utilizando el ardid de fragmentar los contratos para no superar los 18.000 euros de presupuesto.

El director general de Economía Social y Autónomos, quien cuando se efectuó la contratación sometida ahora investigación judicial ocupaba el cargo de director general de Comercio, declinó entrar en más profundidades "por respeto a la autoridad judicial", si bien insistió entonces en que los procedimientos seguidos se ajustaron en todo momento a la normativa vigente.

Además de Carlos Teresa Heredia y Juan Carlos Martínez, jefe de Servicio de Actuaciones Estratégicas Comerciales (Dirección General de Comercio), declararon igualmente como imputados Rafael Llanos Berrocal, jefe del Servicio de Prevención; Miguel Ángel Díez Mediavilla, quien fuera director general de Trabajo y hoy inspector de trabajo de la Administración central; Nuria García Prieto, interventora delegada; José María Casas Inclán, coordinador de Servicios (Dirección General de Comercio), y Ana María Lorenzo Fernández, jefe de Servicio (Dirección General de Comercio).

También declararon como imputados Juan Carlos Gamazo Chillón, jefe de Servicio de Análisis Económico (Dirección General de Economía) y Víctor Valverde Gómez, en la época de los hechos investigados director general de Economía y en la actualidad profesor en la Universidad de Valladolid.

La apertura de la presente vía penal tiene su origen en una auditoría del Consejo de Cuentas de Castilla y León que, en su informe de 2010, detectó unos contratos (la mayoría de Valladolid y otros de León) en los que se había partido el importe de los eventos para no superar los límites de la adjudicación directa, y así elegir a la empresas adjudicatarias sin licitación pública.
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