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Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias deberán contar con al menos el 51% de las producciones

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias deberán contar con al menos el 51 por ciento de las producciones afectadas en todas y en cada una de las ramas profesionales, como son la producción, transformación y/o la comercialización.

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05/3/2015 - 15:27

VALLADOLID, 5 (EUROPA PRESS)

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias deberán contar con al menos el 51 por ciento de las producciones afectadas en todas y en cada una de las ramas profesionales, como son la producción, transformación y/o la comercialización.

Así lo ha explicado la consejera de Agricultura y Ganadería, Silvia Clemente, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno en el que se ha dado el visto bueno al Decreto que regula las organizaciones interprofesionales agroalimentarias "como órgano de interlocución y toma de decisiones entre todos los agentes de la cadena de valor" a lo que se suma la extensión de las normas que integran sus acuerdos y la creación de un registro de estas organizaciones.

El primer ejemplo de esta nueva ordenación del sector que busca unas mejores condiciones de mercado y velar por la calidad del producto será la inmediata creación de la interprofesional de la patata.

Según ha precisado la consejera, se considerarán organizaciones interprofesionales las que cumplan los requisitos establecidos en la Ley Agraria: personalidad jurídica propia y no tener ánimo de lucro, representar para uno o varios sectores o productos un grado de implantación significativa, que el ámbito de referencia que abarque el conjunto de la producción sea autonómica, y que cuenten con unos estatutos de creación.

En concreto, los acuerdos que pueden alcanzarse en el ámbito de las organizaciones profesionales deben referirse a reglas relacionadas con la calidad de los productos, así como su normalización, acondicionamiento y envasado, o con normas de producción más estrictas que las establecidas por normativa nacional o europea y mejora del funcionamiento del mercado de productos agrarios con derecho al uso de denominaciones geográficas de calidad u otras figuras de calidad diferenciada de productos agroalimentarios.

También se incluye la mejor protección del medio ambiente; la mejor información y conocimiento sobre las producciones y los mercados; acciones promocionales; medidas para promover la investigación tecnológica; y la elaboración de contratos tipo compatibles con las distintas normativas nacionales y europeas.

Estas organizaciones interprofesionales agroalimentarias podrán solicitar a la Consejería de Agricultura y Ganadería la extensión de todas o alguna de las normas del acuerdo o acuerdos que adopten, al conjunto de productores y operadores del sector o producto en Castilla y León.

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias presentarán la solicitud para la adopción de las distintas normas de los acuerdos a la Consejería de Agricultura y Ganadería, que estudiará la solicitud y la publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León para que se puedan realizar alegaciones. Tras este proceso, la Junta de Castilla y León aprobará, mediante decreto, la solicitud de extensión de normas "que no podrá tener una duración superior a tres años o campañas".

Además, la Consejería de Agricultura y Ganadería, tal y como establece el decreto, contará con un registro de las distintas organizaciones interprofesionales agroalimentarias y será la administración competente para su autorización, suspensión temporal o la retirada definitiva del reconocimiento como consecuencia de la imposición de sanciones por la comisión de infracciones administrativas graves o muy graves.
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