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TSJCyL confirma la absolución del secretario una comunidad de Valladolid acusado de apropiarse de 2.400 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia absolutoria en el caso del militar profesional Carlos V.V. que fue juzgado a finales de noviembre de 2017 acusado de apropiarse, en su condición de secretario de una comunidad de vecinos, de un total de 2.400 euros que el Ministerio Fiscal le imputaba haber retirado en persona de la cuenta comunitaria, según informaron a Europa Press fuentes del Alto Tribunal castellanoleonés.

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21/3/2018 - 17:24


VALLADOLID, 21 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia absolutoria en el caso del militar profesional Carlos V.V. que fue juzgado a finales de noviembre de 2017 acusado de apropiarse, en su condición de secretario de una comunidad de vecinos, de un total de 2.400 euros que el Ministerio Fiscal le imputaba haber retirado en persona de la cuenta comunitaria, según informaron a Europa Press fuentes del Alto Tribunal castellanoleonés.

En su fallo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, desestima el recurso interpuesto por la comunidad de propietarios de la Urbanización 'Vega de San Miguel', personada como acusación particular, y confirma el fallo absolutorio de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial, que justificó su decisión entonces por "no obtener razonablemente la convicción" de su culpabilidad y tras advertir de que la prueba de cargo presentada no ha sido suficiente para enervar su derecho a la presunción de inocencia.

Pero además, el tribunal añade que el ahora absuelto, al que se pedía un año de cárcel, ha venido negando "rotundamente" la autoría de los hechos desde el primer momento y da credibilidad a la versión exculpatoria ofrecida por éste durante el juicio, según la cual difícilmente pudo haber retirado de la cuenta comunitaria en la sucursal de Caja Laboral, sita en Plaza España, los días 3 y 30 de junio y 16 de julio de 2013, por importe de 200, 1.000 y 1.200 euros, respectivamente, por encontrarse por aquellas fechas convaleciente de una delicada intervención quirúrgica de una hernia discal.

RELAJACIÓN DE LAS CAJERAS

La sala fue todavía más allá y abrió la puerta a que una tercera persona vinculada a la comunidad pudiera ser el verdadero autor de los hechos. "No es absurdo ni inverosímil ni puede excluirse que una tercera persona, eventualmente vinculada a la comunidad por tener acceso a los datos del acusado, haciéndose pasar por él facilitara su DNI o un DNI falso" para retirar los fondos, y todo ello facilitado, como así añade, por la "cierta relajación" de las cajeras reconocidas por ellas mismas durante el acto del juicio oral.

Y es que el tribunal recordó que ambas empleadas reconocieron no haber comprobado si la firma de la persona que realizó los reintegros coincidía o era similar a alguna de las que figuraban en la documentación bancaria como autorizadas.

"¡No me lo explico!", reiteró el día del juicio Carlos V.V, quien, en declaraciones recogidas por Europa Press, dejó entrever además que la querella presentada contra su persona por la comunidad de propietarios podía guardar relación con supuestos "enfrentamientos" existentes entre los comuneros por "temas internos".

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