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Audasa recurre el decreto que modifica la compensación por la gratuidad del peaje Vigo-O Morrazo y A Coruña-A Barcala

Autopistas del Atlántico Concesionaria Española (Audasa), concesionaria de la AP-9, ha interpuesto ante el Tribunal Supremo un recurso contra el Real Decreto por el que se modifica el procedimiento de compensación contemplado en el convenio con la Xunta y el Estado para permitir la gratuidad de los peajes Vigo-O Morrazo y A Coruña-A Barcala.

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17/7/2018 - 11:58


VIGO, 17 (EUROPA PRESS)

Autopistas del Atlántico Concesionaria Española (Audasa), concesionaria de la AP-9, ha interpuesto ante el Tribunal Supremo un recurso contra el Real Decreto por el que se modifica el procedimiento de compensación contemplado en el convenio con la Xunta y el Estado para permitir la gratuidad de los peajes Vigo-O Morrazo y A Coruña-A Barcala.

Según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE), la concesionaria de la Autopista del Atlántico ha interpuesto ante la Sala Tercera, Sección Cuarta del Tribunal Supremo, este recurso contencioso administrativo contra la modificación del convenio (aprobado por el Real Decreto 633/2006, de 19 de mayo).

En la modificación del convenio, la Administración apunta que en el periodo transcurrido desde la entrada en vigor del mencionado real decreto, "se ha puesto de manifiesto una diferente evolución de los ingresos por el peaje de los tramos en los que se implantó la supresión del cobro respecto a los del resto de la autopista".

Así, mantiene que "los importes abonados por el Estado y la Xunta en concepto de compensación difieren sustancialmente de los que hubiera percibido la concesionaria de no haberse adoptado la citada medida"; una situación que considera "perjudicial para las administraciones implicadas, y viene suponiendo un cierto enriquecimiento injusto para la sociedad concesionaria".

Por ello, estimó necesario modificar el procedimiento de compensación contemplado inicialmente. Además, a fin de reducir el coste de los intereses que implica el pago anual de la compensación, se incluyó "la posibilidad de efectuar los pagos trimestralmente, de tal manera que no se generen intereses de demora si se abonan las cantidades en el plazo acordado".
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