El Gobierno Vasco destinará 34,5 millones de euros a un programa de ayudas económicas a las familias
La cuantía de las prestaciones oscila entre los 400 y 900 euros, en función de la renta
16/4/2019 - 17:04
La cuantía de las prestaciones oscila entre los 400 y 900 euros, en función de la renta
VITORIA, 16 (EUROPA PRESS)
El Gobierno Vasco ha aprobado destinar 34,5 millones de euros a un programa de ayudas económicas a las familias con hijos a su cargo, cuya cuantía será de 400, 500 o 900 euros, en función de la renta familiar.A través de estas prestaciones, se trata de contribuir a atender las necesidades económicas relacionadas con el mantenimiento y cuidado de los hijos.
Las ayudas se dividen entre aquellas que se aportan por cada hijo o cargo, por parto múltiple o adopción múltiple o por adopción internacional. Éstas están configuradas como derecho subjetivo en virtud del artículo 8 de la Ley de Apoyo a las Familias. La cuantía de las prestaciones será de 400, 500 o 900 euros, en función de la renta familiar estandarizada.
El 30 de julio de 2018 el Consejo de Gobierno aprobó el decreto que modifica la norma anterior sobre las ayudas económicas de apoyo a las familias con hijos a cargo. La norma ya está en vigor desde el pasado 1 de agosto y supuso la materialización del compromiso de mejora incluido en el 'IV Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias'.
CAMBIOS
Las mejoras introducidas consisten en la ampliación de las ayudas por segundo hijo, que pasan de dos a tres anualidades y la ampliación del concepto de hijo o hija, para incluir a los mayores de edad y menores de 25 años que vivan en el domicilio familiar y dependan económicamente del padre y/o de la madre.
En los casos de adopción, se establece la consideración del año en que se formalice la adopción o la delegación de guarda para la convivencia preadoptiva o se constituya la tutela como equivalente al del nacimiento, generándose el derecho a percibir la totalidad de las ayudas de mantenimiento según el orden ocupado por el hijo.
Además, se modifica la fecha de inicio del cómputo para la presentación de las solicitudes iniciales que tengan su causa en una adopción o en una tutela, que será ahora la del día siguiente a la de la inscripción de la constitución de la adopción o de la tutela en la oficina del Registro Civil que corresponda.