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La Diputación de Álava aprueba el estatuto básico de centros para personas con enfermedad mental

El documento establece los derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales

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21/6/2022 - 14:38


El documento establece los derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales

VITORIA, 21 (EUROPA PRESS)

La Diputación de Álava ha aprobado el estatuto básico de centros para personas con enfermedad mental integrados en la red foral, que establece los principios de actuación, los derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de dichos recursos, así como los cauces de participación interna y sus normas de organización y funcionamiento.

El estatuto se aplicará, como marco común básico, en los centros residenciales, de día y ocupacionales para personas con enfermedad mental, tanto de gestión directa foral, como en régimen de concierto, convenio o contrato con entidades privadas.

Actualmente, la red foral de centros para personas con enfermedad mental cuenta con 216 plazas destinadas a este colectivo. Los centros contarán por primera vez con un documento escrito y de carácter oficial que garantiza un marco común básico al conjunto de los centros dirigidos a personas con enfermedad mental.

El estatuto básico se configura como el documento base para que en los próximos meses, cada recurso cuente con un reglamento de régimen interior, en el que se plasmarán los principios de actuación y de organización de los centros.

Entre tales principios, destacan, entre otros, la organización y prestación de la atención en torno al respeto, la promoción y la defensa de los derechos de las personas usuarias.

ADAPTACIÓN AL ENTORNO

A su vez, se habrá de garantizar la adaptación del entorno y de la organización a las formas de vida habituales en la comunidad, así como la atención personalizada e integral desde un enfoque de planificación centrada en la persona y las relaciones.

También se deberán aplicar modelos de calidad de vida y de apoyos, y se habrá de procurar la integración del principio de transversalidad de género en todas las intervenciones, programas y actuaciones. Por otra parte, se establece la promoción de la autonomía personal y orientación hacia la vida independiente.

El texto recoge los principios de la ley aprobada el año pasado para garantizar que el colectivo de personas con enfermedad mental podrá actuar con la ayuda de personas que les presten apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica en la toma de decisiones.

Este estatuto es el fruto de un trabajo realizado por un equipo multidisciplinar, formado por profesionales del Área de Intervención Social del Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), entidadesdel tercer sector social, y otras entidades con las que el organismo foral mantiene convenios de colaboración o contratos para la gestión de centros para personas con enfermedad mental.

Estas entidades son Asafes (Asociación Alavesa de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), Asasam (Asociación Ayalesa de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), Fundación Eraikibide,Fundación Xilema, Asociación Erantsi Asociación Beti Gizartean y Entidad Grupo 5.

En la elaboración del texto se ha contado también con la colaboración del SIIS (Servicio de Información e Investigación Social), y con el apoyo técnico de la Secretaría de Servicios Sociales.
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