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Sacyl indemnizará con 124.000 euros por la muerte de un paciente de Zamora por un error de diagnóstico

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a Sanidad de Castilla y León (Sacyl) y a la entidad aseguradora Zurich a indemnizar con 124.000 euros a los familiares de un paciente zamorano al estimar que hubo una asistencia deficiente por parte de los servicios sanitarios públicos de Zamora que condujo a su fallecimiento.

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28/11/2014 - 10:37

ZAMORA, 28 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a Sanidad de Castilla y León (Sacyl) y a la entidad aseguradora Zurich a indemnizar con 124.000 euros a los familiares de un paciente zamorano al estimar que hubo una asistencia deficiente por parte de los servicios sanitarios públicos de Zamora que condujo a su fallecimiento.

La víctima, J.D.D, de 56 años, fue diagnosticado de hepatitis B desde el año 2002 y era sometido en el Complejo Asistencial de Zamora a un seguimiento protocolizado consistente en revisiones periódicas, análisis tumorales y pruebas diagnósticas de imagen, debido al riesgo que su patología conllevaba de desarrollar un hepatocarcinoma.

Todas las pruebas realizadas al paciente en el citado seguimiento presentaban imágenes sospechosas, a pesar de que en los informes se establecía la normalidad de las mismas, incurriendo en un grave error de diagnóstico que costó la vida al paciente, tal y como recoge la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos Servicios Jurídicos se han hecho cargo de la reclamación de la familia.

Destaca el fallo que "(...) el perito radiólogo fue claro, contundente y convincente acerca de que ya en la primera imagen correspondiente al estudio ecográfico del día 17 de febrero de 2007 se apreciaba una zona heterogénea de 9x9 cm--lesión irrefutable, incluso en un hígado micronodular, según el perito radiólogo--que hubiera requerido pruebas complementarias (TAC, RM)".

La alteración evolucionaría hacia una lesión que también se apreciaba en la imagen de 14 de mayo de 2008. De hecho, el propio perito de la aseguradora reconoció que esta imagen mostraba alguna zona heterogénea que por lo menos a él le generaba dudas en el sentido de que era una imagen sospechosa susceptible de mayores estudios.

CARCINOMA EN EL HÍGADO NO OPERABLE

Posteriormente, la lesión hepática, que volvió a pasar desapercibida en el estudio de 12 de marzo de 2009, siguió aumentando de tamaño en un proceso evolutivo típico desde un hígado cirrótico hasta que en mayo de 2009 se detectó un hepatocarcinoma con unas dimensiones, según el perito, de 11x10 cm, el cual por su tamaño y lesiones satélites ya no era susceptible, por su mal pronóstico al encontrarse en un estadio avanzado, más que de un tratamiento sintomático paliativo.

El tumor no pasa de 0 a 9 cm en uno o dos años, y su detección precoz hubiera propiciado su manejo terapéutico más exhaustivo, con menor riesgo de diseminación.

La lesión pasó desapercibida hasta en tres ocasiones. Cuando finalmente fue diagnosticada la grave patología que presentaba ya nada se pudo hacer por J.D.D. Se había producido una metástasis que limitó todas las posibilidades, no solo de supervivencia sino de curación. Los facultativos tenían en sus manos establecer un diagnóstico precoz, que hubiera salvado la vida del paciente.

La sentencia es novedosa porque, tal y como apunta El Defensor del Paciente, condena al Sacyl a las costas procesales por la "contumaz resistencia de la Administración sanitaria a aportar las imágenes de las que sí disponía (*), circunstancias que en el presente caso permiten apreciar su temeridad a los efectos de la condena al abono de la totalidad de las costas". La sentencia censura la mala fe de la administración al ocultar las pruebas que permitían valorar la asistencia sanitaria.

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