lunes, 14 de octubre de 2024 14:41 www.gentedigital.es
Gente blogs

Gente Blogs

Blog de José Ramón Bajo

Noticias de León

El centralismo de Valladolid que predica Óscar Puente

Archivado en: Óscar Puente, Pucela, pucelanismo, Javier Alfonso Cendón, José Antonio Diez, rey emérito Juan Carlos I

Las palabras del alcalde de Valladolid, el socialista Óscar Puente, no tienen desperdicio y sólo días después Javier Alfonso Cendón, ha admitido que se equivocó con un "Por qué no te callas". El líder socialista leonés le sugiere que se disculpe como el Rey con un ‘Lo siento, me he equivocado, no volverá a suceder'. Esto decía Puente: "Mucha gente en esta comunidad tiene la idea de que eres más emigrante si te tienes que ir de Zamora a Valladolid que si te tienes que ir a Barcelona o a Madrid. Y yo creo que hay que romper con eso. Valladolid es un polo industrial que tiene mucho potencial, por el que se debería apostar por su ubicación, por su desarrollo industrial, que ya tiene, y con eso yo creo que sujetaríamos mucha más población en Castilla y León que si nos dedicamos a dispersar esfuerzos que luego no tienen ninguna rentabilidad. Yo creo que los recursos públicos son muy escasos, cada vez más, y yo creo que o se emplean bien o no dan resultados, y la forma de emplearlos bien sería apostar por una ciudad como Valladolid, por la ubicación que tiene y por el desarrollo que ya tiene... El modelo a seguir es el de Aragón, que ha entendido que hay que apostar por Zaragoza, concentrar todos los esfuerzos en una ciudad". Increíble...
Así se expresó el egoísta, avaricioso, soberbio y centralista alcalde de Valladolid. Un ‘socialisto'. Hasta ha dejado en mal lugar a su predecesor, Franscisco Javier León de la Riva, del PP, y junto al fallecido Tomás Villanueva, los causantes de la despoblación y desindustrialización de León.
Valladolid se ha quedado con todo lo relacionado con la Comunidad. Apenas ha dejado ‘escapar migajas': el Procurador del Común, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Consultivo y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. La Administración autonómica ha generado miles de empleos, casi todos en Valladolid. Ya se sabe que donde se ‘reparten' las cosas, siempre se queda con la mejor parte. Ahí está el Parque Tecnológico de Boecillo saturado mientras el de León no acaba de llenarse y no hace falta ni ampliarse. Ni siquiera las Cortes de Castilla y León tienen su sede en León a pesar de que la Unesco quitó el protagonismo parlamentario que siempre había tenido Inglaterra en beneficio de las Cortes de León de 1188 a quien en 2013 otorgó el título de ‘Cuna del Parlamentarismo'.
Pues que no triunfen las ideas del virrey de Valladolid porque significará que el resto de Castilla y León (DOS REGIONES HISTÓRICAS, no se olvide) sería un gran ‘desierto' para que el ‘señorito de Pucela' pudiera pasearse por sus dominios. Así no se lucha contra la despoblación...
Pues eso, a cascarla, señor alcalde.

Publicado el 17 de enero de 2019 a las 19:00.

añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear  votar

Comentarios - 6

1 | “PROSEGUIR LA CEREMONIA DE LA CONFUSIÓN” versus "APLICAR LA CE´1978" - 30/1/2019 - 18:26

{ante las embestidas pucelanas}

Reincidencia:

“PROSEGUIR LA CEREMONIA DE LA CONFUSIÓN” versus "APLICAR LA CE´1978".

¿O como dar gato por liebre?

Reincidencia:
“PROSEGUIR LA CEREMONIA DE LA CONFUSIÓN” versus "APLICAR LA CE´1978"
¿O cómo dar gato por liebre?

Aquí tenemos "dos REGIONES" que están, ¡y al mismo tiempo y con igual categorización!, reconocidas constitucionalmente(o sea: por la libre voluntad soberana de la Nación Española), que son la REGIÓN REINO LEONÉS (3 provincias) y la REGIÓN CASTILLA LA VIEJA (8 provincias) y lo están, de forma jurídica constituyente, desde la fecha del 6-12-1978.

Estas "DOS REGIONES" tienen los mismos e iguales derechos constitucionales que: CATALUÑA, PAÍSVASCO, ANDALUCIA, NAVARRA, CANARIAS, GALICIA, ARAGÓN, REINO VALENCIANO, ASTURIAS, EXTREMADURA, …, y las dos, ¡por sí mismas!, pueden ser, en su "libre voluntariedad democrática y constitucional", promovidas a ser COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

Tal reconocimiento constitucional de ambas "dos REGIONES", alcanza igualmente, o sea por razón jurídica constitucional, a "los ciudadanos regionales leoneses" (3 provincias) y a "los ciudadanos regionales castellanoviejos" (8 provincias).Y lo hace en sus derechos constitucionales grupales, que tienen en la CE'1978.

Aún, a ambas "dos sociedades regionales" de la ESPAÑA NACIÓN y de la UNIÓN EUROPEA (que están, por ende, formadas ambas por ciudadanos españoles y, a la vez, ciudadanos europeos),no se les ha consultado para nada sobre su concreta, respectiva y propia REGIÓN CONSTITUCIONAL(recuérdese que ambas ya fueron constitucionales con la CE´1931).

Seguir con la imperativa imposición del 31-7-1981 (ya dijimos en el año 2000, que:" fue un error político, un horror social y un terror económico"), es continuar, en un suma y sigue, con “la ceremonia de la confusión”, ahora embozado en localismos alternantes que, obvio es, quieren esconder dos realidades regionales constitucionales: el REINO LEONÉS (3 provincias 38363 km2 ) por una lado y CASTILLA LA VIEJA (8 provincias 55732 km2 ) por otra parte.
. Francisco Iglesias Carreño . Presidente PREPAL

VALORIO 30-1-2019

@PREPALSZL, prepalszl@gmail.com

2 | DOLOR DE MUELAS - 21/2/2019 - 09:03

DOLOR DE MUELAS

Vamos a cosas "más alegres". De una reciente encuesta sobre actividad satisfacional referente al ente hibrido (aquello del invento de UCD y PSOE del 31-7-1981), sale en el relato correspondiente a la parte primera de la primera parte (aquí Groucho lo bordaría) que, en lo concerniente al espacio humano del constitucional Regional Pueblo Leónes, de la cobstitucional triprovincial Región Reino Leonés ( o sea el todo SaZaLe), le corresponde una media de 4'99, mientras que en lo concerniente a la octoprovincial constitucional Región Castilla La Vieja (a la que drasticamente, y sin contar con el constitucional Regional Pueblo Castellanoviejo, han segregado las provincias de Santander--- el Puerto de Castilla--- y Logroño--- la cuna de la Lengua Castellana---) , o sea la parte segunda de la primera parte (que Zepo solo escucharía), le corresponde la media de 5'26.

Tales medias en ambas regiones suponen: 1°) un suspenso;
2°) un aprobado,
y no hay más notas.

Cuestión diferente hubiera sido que la encuesta hubiera versado sobre las tres últimas manifestaciones (León, Ponferrada y La Robla) promovidas por UGT y CCOO, o que se valorase el grado de satisfacción familiar viendo emigrar a los hijos, u otros que se les podrían haber ocurrido y que tienen que ver con el centralismo que se ha instalado en Pucelandia.

Dejemoslo ahora qu eso, eso sí, da dolor de muelas.

Francisco Iglesias Carreño

Presidente PREPAL

VALORIO 20-2-2019

@PREPALSZL
prepalszl@gmail.com

3 | Identidades regionales españolas - 11/12/2019 - 09:18

LEONANZA'2019

Identidades regionales españolas

Francisco Iglesias Carreño Del Instituto de Estudios Zamoranos Florián D´Ocampo

Estamos hoy a 10-12-2019, en una fecha que consideramos importante, puede que incluso muy importante, ya que nos habla de los “derechos humanos”, de unas situaciones que tienen que ver, ¡y mucho!, con las personas en lo que entendemos el respeto completo de los individuos, de todos los individuos, en tanto y cuanto son seres humanos.

A veces este día pasa, en su efeméride, como una fecha más del calendario, como tantas otras, y no nos paramos, aunque sea solo un momento a reflexionar en ella, dando la impresión que, sobre tal acontecer, está todo dicho y lo que se intente,como nuevo, será una adecuación de cosas ya presentadas en otros momentos y/o de conformaciones que ya han sido escenificadas.

Pero frente a tal postura, otros entendemos, que en el tema de los derechos humanos, siempre quedan renglones por escribir, formulaciones por proyectar y caminos por donde andar, y que siempre, en todo caso, merece la pena ir mentalmente, puede que también presencialmente, hacia esos otros lugares y esbozar otras cuestiones y desarrollar, si ello fuera posible, otras posibilidades.

Estamos en la Nación que estamos y lo estamos en un momento concreto del proceso histórico y en unas circunstancias, periodísticamente conocidas, que son las que son y, aunque se quiera negar la mayor, es que no son otras, además, y permítasenos, es que son, en exposición tramoyística del formato público teatralizado, totalmente nuevas.

No hace falta insistir mucho para decir que este escenario público, nuevo y cambiante, que se nos presenta, día tras día, tiene que ver, ¡y mucho!, con el sentido/regulación/estructuración de la territorialidad española.

Y que unida a esa situación espacial umbral giran todos unos hechos y/o acontecimientos que, en el manejo de los vocablos locucionales, dicen expresivamente de unas postulaciones aplicables que son, en nuestro parecer, y en la mayoría de las ocasiones, totalmente ignotas para la generalidad de los ciudadanos españoles.

Desde tiempo ha, hemos interaccionado con la situación territorial española, y en ese hacer, tanto privado como público, hemos establecido situaciones de acuerdos o desacuerdos, convergentes o divergentes, menores o mayores, etc. con otros ciudadanos españoles que, con independencia de sus formulaciones y sus posicionamientos, nos han merecido siempre el mayor de los respetos hacia sus personas y sus opiniones.

En tal deambular situacional hemos establecido posicionamientos con otros ciudadanos españoles, tales como: Sánchez Albornoz y Menduíña (D. Claudio), Carretero Jiménez (D. Anselmo), González Herrero (D. Manuel), Martín Rodríguez (D. José Luis), Valdeón Varuque (D. Julio), …, y con todos ellos, y con salvedad de sus formulaciones, y de que coincidiéramos o no en las mismas, siempre destacó en sus opiniones el respeto completo y pleno a los ciudadanos.

De lo que tratábamos era de asuntos de la territorialización española, donde cada cual esgrimía sus argumentos, que se hicieron públicos , y donde en tales espacios territoriales teníamos conciudadanos que nos merecían, tanto en aquellos entonces, como en los momentos presentes, todas y cada una de las consideraciones.

Ya entonces, de forma particular, hilábamos con la estimación de la persona humana, en la medida que la adornábamos orteguianamente a sus circunstancias, en la forma en que sus entornos/hábitats/espacios próximos incluían los aspectos/vivencias/aditamentos antropológicos de sustrato convivencial y familiar.

Con ello, y también por ello, nos decantamos por la aplicación de las situaciones singulares y grupales de las personas, ubicadas en las sagas familiares de su devenir histórico, que enlazaba no solo y únicamente con los trabajos antropológicos previos (de Machado, Hoyos y otros), también con el proceso histórico hispánico, tanto desde su visión amplia, como en su articulación adosada a los acontecimientos protagonizados por cada uno de los grupos humanos de tales y tan concretos espacios/sociedades/territorios .

Ello llevaba, en nuestra consideración, a estimar que los individuos de tales espacios/sociedades /territorios estaban identificados en la medida, manera y forma que poseían una identidad estimada y precisada, con salvedad de que la misma, y en sus momentos arcanos, fuera considera o no la percepción de un derecho tanto del individuo como del grupo al que el mismo pertenecía y aplicado a las partes del global espacio amplio que componía el mayestático todo.

A fecha del 10-12-1948 todos los ciudadanos españoles, de la España Nación, son sujetos jurídicos activos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en todo y para todo. Y entre sus derechos universales está el “derecho a la identidad”, íntimamente ligado a su saga familiar.

Que en tal fecha, del 10-12-1948, se hable de la identidad, y como derecho, no excluye que, con anterioridad a ello, ya formase parte, de forma natural, de la consideración de las personas (tanto a efectos singulares como grupales), pero también nos sitúa en que a partir de tal momento pasa a ser fuente informante, y explicita, de los individuos en todo el mundo.

En 1948, ese “derecho a la identidad”, de cada ciudadano español de todo el conjunto regional provincializado español, viene tanto de su nacencia en las quince regiones españolas (de tal situación y a partir de la misma), que son oficiales en tal momento, como también, y en su libre voluntariedad, de su residencia en las mismas. El derecho a la identidad se hace operativo.

A fecha del 6-12-1978, los ciudadanos españoles de las quince regiones españoles, de la España Nación, siguen siendo sujetos jurídicos activos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en todo y para todo. Y entre ellos sigue estando el “derecho a la identidad” que ya lo venían ejerciendo.

En 1978, ese derecho a la identidad, de cada ciudadano español de las quince regiones (en cincuenta provincias), viene tanto de su nacencia en tales espacios territorializados (y oficialmente llevados a la práctica) como también, y en su libre voluntariedad, de su residencia en los mismos. El 6-12-1978 hace un seguimiento estricto sobre los derechos establecidos el 10-12-1948.

Ya en 1978, y por decisión de “La Libre Voluntad Soberana de la Nación Española”, tal Derecho Humano Universal a la Identidad, se activa como un Derecho Constitucional (insertado en el Artículo 10 de la CE´1978) que, en las quince regiones constitucionales, hace “sujetos actores” y, por ello activos y dinámicos jurídicamente, a todos los ciudadanos españoles (ya también ciudadanos europeos) nacidos y/o residentes en los espacios territoriales de tan concretas quince regiones españolas y lo hace, y por ello concreta, a fecha constituyente del 6-12-1978.

Todas y cada una de las quince regiones españolas y sus respectivos quince “pueblos regionales”, tienen su respectiva “Identidad Regional” fijada a día 6-12-1978 y no, ¡ y nunca!, en una fecha posterior.

El texto completo de la CE´1978, no contempla, en ninguno de sus artículos la posibilidad de crear y/o cambiar las identidades regionales o los pueblos regionales a partir de la fecha del 6-12-1978.

Siendo nuestros padres, abuelos, bisabuelos, etc., con identidades regionales españolas fijas y concretas, ya también con ocasión de la CE´1931 y antes hasta el 30-11-1833, nosotros: los españoles regionales de ahora, somos herederos y continuadores de tales y tan concretas quince identidades regionales españolas, que, ¡a más y a mayores!, está respaldada por la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos (desde el 10-12-1948) y a la vez, por ende, vigente desde el 29-12-1978 por CE´1978.

El actual momento es, de forma indudable, un tanto proceloso, pero en el transcurrir del mismo estamos insertos todos los ciudadanos españoles, donde nuestra consideración de identidad (singular como individuos y grupal como adscritos regionalmente) permanece incólume, fija y asentada.

Esa identidad regional, actuante en todas y cada una de nuestras quince regiones constitucionales, también tiene que ver,¡ y mucho!, con el Artículo 1 de la DUDDHH, cuando dice: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos,…”

El derecho a las identidades regionales españolas, nos hace iguales regionalmente a lo largo de los procesos en que tales quince regiones españolas han estado interaccionado, sea antes de 1833, de 1931, 1948, 1975 o de 1978, y claro está, con la CE´1978 en la mano, también después de 1978 y hasta el hoy presente.

4 | El camino {LEONESISTICO'2020} - 07/1/2020 - 01:41

El camino
{LEONESÍSTICO'2020}

{1°}

Parece que:
cada vez somos más
prosiguiendo el camino.

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestro abrazo

Somos
del camino

El abrazo
es el camino

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.


{2°}
Parece que:
cada vez conocemos más
las situaciones del camino

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestra compresión

Conocemos
el camino

La compresión
es el camino.

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.

{3°}
Parece que:
cada vez tenemos más
gente ayudando por el camino

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestra iniciativa.

Tenemos
el camino

La iniciativa
es el camino.

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.

{4°}
Parece que:
cada vez podemos más
con los quiebros del camino

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestro apoyo

Podemos
al camino.

El apoyo
es el camino

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.

{5°}
Parece que
cada vez comprendemos más
todas las realidades del camino.

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestro esfuerzo.

Comprendemos
el camino.

El esfuerzo
es el camino.

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.

{6°}
Parece que:
cada vez anhelamos más
las posibilidades del camino.

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestro impulso.

Anhelamos
el camino.

El impulso
es el camino.

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.

{7°}
Parece que:
cada vez ilusionamos más
a los emprededores del camino.

El camino
siempre ha estado ahi
esperando nuestra andadura.

Ilusionamos
el camino.

La andadura
es el camino.

Nosotros:
los leoneses,
nuestro camino
regional hispánico.

Francisco Iglesias Carreño
Presudente PREPAL

VALORIO 5-1-2020

@PREPALSaZaLe

prepalszl@gmail.com

#PREPALSaZaLe

¡¡¡ queremos vivir aquí !!!
¡¡¡ camina !!!
¡¡¡ adelante leoneses !!!

5 | Aún es tiempo - 03/10/2021 - 16:56

LEÓNICO'2021

Aún es tiempo

La constante emigración del "todo SaZaLe'41", ha permanecido desde el año 1975.

Tal situación lesiva, que constituye una lacra para el “todo SaZale’41, nos motiva a efectuar los siguientes considerandos:

{1º}
Tenemos que, desde el año 1975 hasta el año 1976 (-.- cuando se hace el Referéndum para la Ley de la Reforma Política -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 19-11-1975 y el 15-12-1976 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 19-11-1975 y el 15-12-1976 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 19-11-1975 y el 15-12-1976 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 19-11-1975 y el 15-12-1976 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 19-11-1975 y el 15-12-1976, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España
...}.

{2º}
Tenemos que, desde el año 1976 hasta el año 1977 (-.- cuando se hacen las primeras elecciones democráticas -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 15-12-1976 y el 15-6-1977 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 15-12-1976 y el 15-6-1977 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 15-12-1976 y el 15-6-1977 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 15-12-1976 y el 15-6-1977 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 15-12-1976 y el 15-6-1977, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España
...}.

{3º}
Tenemos que, en dentro del año 1977 (-.- cuando se hacen las primeras postulaciones autonómicas -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 15-6-1977 y el 29-9-1977 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 15-6-1977 y el 29-9-1977 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 15-6-1977 y el 29-9-1977 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 15-6-1977 y el 29-9-1977 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 15-6-1977 y el 29-9-1977, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España
...}.

{4º}
Tenemos que, entre el año 1977 y el 1978 (-.- cuando siguen las postulaciones autonómicas -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 29-9-1977 y el 12-6-1978 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 29-9-1977 y el 12-6-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 29-9-1977 y el 12-6-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 29-9-1977 y el 12-6-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 29-9-1977 y el 12-6-1978, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{5º}
Tenemos que, en el año 1978 (-.- cuando siguen las postulaciones pre-autonómicas -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 12-6-1978 y el 14-6-1978 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 12-6-1978 y el 14-6-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 12-6-1978 y el 14-6-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 12-9-1978 y el 14-6-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 12-6-1978 y el 14-6-1978, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{6º}
Tenemos que, en el año 1978 (-.- cuando se van avanzando los variados aspectos temáticis del texto constituyente -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 14-6-1978 y el 5-12-1978 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 14-6-1978 y el 5-l2-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 14-6-1978 y el 5-12-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 14-6-1978 y el 5-12-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 14-6-1978 y el 5-12-1978, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{7º}
Tenemos que, en el año 1978 (-.- cuando se vota el texto constituciomal -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 5-12-1978 y el 7-12-1978 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 5-12-1978 y el 7-l2-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 5-12-1978 y el 7-12-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 5-12-1978 y el 7-12-1978 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 5-12-1978 y el 7-12-1978, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{8º}
Tenemos que, entre el año 1978 y el año 1981 (-.- cuando está ya en vigencia el texto de la Constitución Española -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 7-12-1978 y el 30-7-1981 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 7-12-1978 y el 30-7-1981 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 7-12-1978 y el 30-7-1981 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 7-12-1978 y el 30-7-1981 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 7-12-1978 y el 30-7-1981, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{9º}
Tenemos que, en el año 1981 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 30-7-1981 y el 1-8-1981 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 30-7-1981 y el 1-8-1981 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 30-7-1981 y el 1-8-1981 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 30-7-1981 y el 1-8-1981 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 30-7-1981 y el 1-8-1981, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{10º}}
Tenemos que, en el año 1983 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 1-8-1981 y el 24-2-1983 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 1-8-1981 y el 24-2-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 1-8-1981 y el 24-2-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 1-8-1981 y el 24-2-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 1-8-1981 y el 24-2-1983, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{11º}
Tenemos que, en el año 1983 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 24-2-1983 y el 26-2-1983 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 24-2-1983 y el 26-2-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 24-2-1983 y el 26-2-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 24-2-1983 y el 26-2-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 24-2-1983 y el 26-2-1983, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{12º}
Tenemos que, en el año 1983 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 26-2-1983 y el 1-3-1983, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{13º}
Tenemos que, en el año 1983 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 1-3-1983 y el 3-3-1983 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 26-2-1983 y el 1-3-1983 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 26-2-1983 y el 1-3-1983, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{14º}
Tenemos que, entre el año 1983 y el año 1985 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española y manejamos las formalizaciones para el ingreso en el Mercado Común Europeo -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 3-3-1983 y el 11-6-1985 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 3-3-1983 y el 11-6-1985 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 3-3-1983 y el 11-6-1985 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 3-3-1983 y el 11-6-1985 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 3-3-1983 y el 11-6-1985, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{15º}
Tenemos que, entre el año 1985 y el año 1999 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española y manejamos las formalizaciones para el ingreso en el Mercado Coún Europeo -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 5 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 11-6-1983 y el 1-1-1999, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{15º}
Tenemos que, entre el año 1985 y el año 1999 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española y manejamos las formalizaciones para el ingreso en el Mercado Común©¤₪ Europeo -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 11-6-1983 y el 1-1-1999 5 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 11-6-1983 y el 1-1-1999, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

{16º}
Tenemos que, entre el año 1999 y el año 2021 (-.- cuando sigue en vigencia el texto de la Constitución Española y manejamos las formalizaciones para el ingreso en el Mercado Coún Europeo -.-), sigue la emigración desde el "todo SaZaLe'41".

Con lo dicho precedentemente lo mismo, y por diversas circunstancias, no se está expresando la situación real con la debida precisión, así que añadimos:

1°) Entre el 1-1-1999 y el 2-10-2021 sigue la emigración en la triprovincial Región Reino Leonés de la España Nación.

2°) Entre el 1-1-1999 y el 2-10-2021 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la España Nación.

3°) Entre el 1-1-1999 y el 2-10-2021 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado Español.

4°) Entre el 1-1-1999 y el 2-10-2021 sigue la emigración desde el Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés en el Estado de Derecho del Reino de España.

{...
Corresponde indagar, a todos, sí entre esas dos fechas del 11-6-1983 y el 1-1-1999, tenemos:

(1°) Emigración en el "todo SaZaLe'41"
(2°) Región Reino Leonés
(3°) Pueblo Regional Leonés
(4°) España Nación
(5°) Estado Español
(6°) Estado de Derecho
(7°) Reino de España

En todos y cada uno de esos intervalos/espacios/compendios temporales, donde se han desarrollado situaciones a considerar, ¡ y por todos!, se ha mantenido co permanencia la emigración desde el “todo SaZaLe’41”.

Pudiera ser que si en alguno o varios de tales espacios, se hubieran percatado de la real existencia del Pueblo Regional Leonés de la Región Reino Leonés de la España Nación, podría ser que, con alta probabilidad y miras más que halagüeñas, lo mismo a estas alturas de la escenificación política del Estado Español y de la Unión Europea, podríamos estar hablando de la recuperación integral de la población regional leonesa.

Los “16’Items”, hablan con claridad, ¡por sí solos!, de que las políticas proyectadas desde el madrileñismo político para nuestra Región Reino Leonés han sido absolutamente nefastas que su continuismo solo podrá traer para el “todo SaZaLe’41” mayor lesividad social, despoblació agigantada, subdesarrollo económico y desertización subsiguiente.

¡ Con lo fácil que hubiera sido aplicar el Artículo 2 de la Constitución Española a nuestra constitucional triprovincial Región Reino Leonés !.

Aún es tiempo para hacerlo.

Nuestra mano está abierta.

Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL

VALORIO 2-10-2021

@PREPALSaZaLe
prepalszl@gmail.com

©¤₪
LEÓNICO'2021

©¤₪ ©¤₪

6 | Corona Leonesa 120.305 km2 - 06/10/2023 - 00:54

Corona Leonesa 120.305 km2

Cuando estamos, y a lo que se presume y se columbra, a punto,¡ y/o puntisimo!, de dar "un tris", que es lo que acontece después de haber dado, según relatos, otros varios y sucesivos previos, ostentosamente "un tras", no está de más en modo alguno y observable situación, así es sí así parece, el traer a colación de la presente actualidad y en nuestros entornos convivenciales proximidad, en aprovechando la oportunidad que nos brinda el 24-9-1230, y desde lo que fue la Corona Leonesa [-.- con extensión que, en formato actualizado, tomamos de 120.305 km2 -.-] de aquel entonces, aquel mundo de la medieval sociedad Imperial leonesa de Alfonso IX.

Ahora tenemos que, así nos parece ligeramente percibir, anda medio espacio territorial español (¡que aún lo es!) o puede que, con más aseverado, al menos un cuarto, tratando de hacer una intencionada y escudriñadora re búsqueda de posibles glorias pasadas, que posiblemente habiten o acaso anden, por mor de su imaginaria plasmación ectoplasmatica, agazapadas en las entelequia de las musarañas o el corredor de los gamusinos, mientras el resto espacial ibérico está sembrado, versátil y rebosantemente, de acristalados y fecundos aconteceres, es más, aquí, en los tiempo de Gengis Kan y su construcción del Imperio Mogol, un tal Alfonso IX, en la Corona Leonesa [-.- el Regnum Imperium Legionensis que tuvo configuración de Estado a nivel de la Edad Media y preponderancia sobre toda la península -.-], esparcía sus dominios al sur hispánico hasta la Cuenca del río Guadiana y en allende de la misma hasta Badajoz.

El mundo de Alfonso IX se hacía camino, por el año 1230, en todo el oeste hispánico, de la leoneseidad actuante a lo largo de la superficie de toda la Corona Leonesa [120.305 km2], del territorio de lo que hoy en día son las bi- constitucionales regionalidades extremeña, leonesa, gallega y asturiana, o sea uno de los "espacios pre fundadores" de lo que, y con el paso del tiempo, tras el año 1786 y la puesta en marcha de la extranjerizante y transpirenáica RF, empezaría a conocerse como España y donde su esencia poblacional sería el germen de la Nación Española, conformada por ciudadanos (¡que no súbditos!) alzados en armas, por su libre albedrío, frente a la invasión francesa.

Ese año del 1230, tiene su día en el 24 del mes de septiembre y su lugar en Vila Nova de Sarria (Lugo), donde el zamorano, que es de nacencia, Alfonso IX fallecía en su peregrinaje jacobeo hacia Santiago ( a la tumba del apóstol, después de sus victorias en la extremadura leonesa, viniendo desde la población de Alange, al principio del mes de septiembre, con un recorrido de, en posiblemente 20 a 22 etapas, casi 667 km, pasando por Mérida, Cáceres, Coria, Ciudad Rodrigo, Alba de Tormes, Salamanca, Valparaíso, Zamora, Castrotorafe, Benavente, La Bañeza, Astorga, Bembibre, Ponferrada, Trabadelo,Villafranca, Cebreiro,Triacastela,Samos hasta Vila Nova de Sarria.

Conmemorar el 24-9-1230 [del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es también el estar umbilicalmente unidos a lo que nos aportaron nuestras ancestrales sagas familiares [-.- en la diaria vida de todos y cada uno de los extremeños, leoneses, gallegos y asturianos -.-], a la herencia patrimonial (material, inmaterial y moral) que nos legaron, como es igualmente el estar a su concomitante más actual expresión integral [-.- humana, social, ambiental, antropológica, cultural, energética, económica y política -.-], con el presente del día a día, en toda su presenciabilidad y aparataje aportativo, dejando amplia y general constancia de su hermanamiento originario:así como de su prosecución futura.

Conmemorar el 24-9-1230[del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es también un hacer llamar la atención del resto de España sobre toda la actual territorialzación de la Corona Leonesa a partir de sus cuatro regionalidades bi-constitucionales.

Conmemorar el 24-9-1230 [del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es igualmente hacer un llamamiento público de atención, sobre la necesidad de convergencia actuante de las cuatro regionalidades [-.- extremeña, leonesa, gallega y asturiana -.-] de la Corona Leonesa, en aras de la prevalencia ejerciente, hoy y aquí, del texto completo de la Constitución Española ( a la data del 6-12-1978).

Conmemorar el 24-9-1230 [del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es hacer, de forma anual renovada, una ligazón directa y asumida entre la Casa Real/Imperial Leonesa de la Corona Leonesa y la actual Casa Real Española de la Corona Española.

Conmemorar el 24-9-1230 [del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es reclamar, con exigencia democrática, la presenciabilidad mancomunada del todo el territorio del oeste español, a la hora y el momento del mantenimiento/ potenciación/desarrollo solidario de las quince regionalidades españolas.

Conmemorar el 24-9-1230 [del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es también el decir un ¡basta ya! a la no inclusión del "corredor de La Vía de La Plata, dentro de la "España Circular", como factor multioperativo de dinamicidad económica, asentamiento poblacional y prevalencia cultural y antropológica en toda la Corona Leonesa.

Conmemorar el 24-9-1230 [del mundo de Alfonso IX en sus 120.305 km2 km2], es la oportunidad de hacer público, manifiestamente costatable, explícitamente difusor y directamente instrucional, la defensa del Estado democrático de Derecho en todo el Reino de España, desde la prevalencia de la completa Constitución Española (a data del 6-12-1978) y en aras de la construcción mancomunada de una democracia avanzada, donde las cuatro regionalidades de la Corona Leonesa, desde su integración constitucional mandataria en la Nación Española, aporten sus sinergias, participen (con sus valores y sus derechos) en su mantenimiento y se autoresponsabilicen de sus deberes dentro de la completa solidaridad de las quince regionalidades españolas.

Recordar a Alfonso IX, en la vuelta al 24-9-1230, es hacer memoria de su obra, ensalzamiento de su proceder y magnificencia de sus logros, que hoy día nos sirven de parapeto, actúan de apoyatura y nos blindan frente a acechanzas antihispánicas.

Recordar a Alfonso IX es ir por todos los caminos, de todo tipo y configuración, por las diez provincias españolas que configuran las cuatro regionalidades [-.- extremeña, leonesa, gallega y asturiana -.-] de la Corona Leonesa.

Recordar a Alfonso IX es tener [desde su mundo al presente], 120.305 km2 de interactuación del completo proceso histórico hispánico y español.


Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL

VALORIO 24-9-2023

@PREPALSaZaLe
prepalszl@gmail.com

Todos los años, por miembros del ML y PREPAL, en la fecha del 24 de septiembre, se efectúa una ofrenda floral por Alfonso IX. Tal acto se realza en la Iglesia de Santiago El Burgo de la ciudad leonesa de Zamora.

Tu comentario

NORMAS

  • - Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
  • - Toda alusión personal injuriosa será automáticamente borrada.
  • - No está permitido hacer comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • - Gente Digital no se hace responsable de las opiniones publicadas.
  • - No está permito incluir código HTML.

* Campos obligatorios

José Ramón Bajo

José Ramón Bajo

José Ramón Bajo Álvarez -Gordaliza del Pino (León) 26-2-1961- es licenciado en Ciencias de la Información, rama de Periodismo, por la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid. Es director de Gente en León desde su puesta en marcha en octubre de 2004, cargo que actualmente compatibiliza con el de Director Comercial de Gente en León y el de Director de Contenidos del Grupo Gente. Además de Gente en León, también formó parte del equipo fundacional de los periódicos La Crónica de León (1986-1999, llegando a Director Adjunto) y El Día de Valladolid (2000-2003, en los puestos de Jefe de Local y Cierre). También ha trabajado en El Diario de León (en 1985 como Redactor-Delegado en las Comarcas de Astorga-La Bañeza), Radio Valladolid de la Cadena Ser (verano de 1985) y TVE (verano de 1984). También participó en el libro de Afrodisio Ferrero 100 leoneses y el porvenir de León.

EN TU MAIL

Recibe los blogs de Gente en tu email

Introduce tu correo electrónico:

FeedBurner

Recibe este blog tu email

Introduce tu correo electrónico:

FeedBurner

Archivo

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD