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GESTIÓN MUNICIPAL

Boadilla regula instalación de surtidores de combustible al por menor

El objetivo de la normativa es la seguridad de los vecinos y cuidar el medio ambiente de la localidad

Archivado en: Gasolineras, Boadilla, Gestión

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La moción salió adelante en el último pleno de la localidad

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Agencias
07/4/2017 - 00:43

El municipio de Boadilla del Monte ha aprobado la ordenanza que regula la instalación de gasolineras, tras su aprobación en la última sesión del Pleno municipal celebrada la pasada semana con los votos favorables de PP, Grupo Mixto, APB y PSOE y la abstención de Ciudadanos. 

Según ha informado el Ayuntamiento de la localidad en un comunicado, la ordenanza tiene en cuenta las condiciones particulares de Boadilla ya que es un municipio básicamente residencial, así como la imposición de la Ley de Hidrocarburos en cuanto a mantener el uso de gasolineras en las parcelas de terciario comercial pero protegiendo otros intereses como la salud, el medio ambiente y el patrimonio histórico. 

 En lo relativo a las condiciones de protección medioambiental de las zonas residenciales, dotacionales y verdes, la ordenanza establece unas franjas de separación respecto a las gasolineras en función de lo que haya alrededor de las mismas y según determinados parámetros de las instalaciones. El municipio está dividido en cuatro áreas, en función de la sensibilidad medioambiental que presente la zona y con ese criterio se aplica un coeficiente mayor o menor. 

Si la instalación se quiere colocar cerca de un Bien de Interés Cultural (BIC), la distancia mínima será de 100 metros. Por su parte, en zonas consideradas de alto valor ecológico, entre las que se incluyen el Palacio del Infante Don Luis, monte Romanillos, el Parque Regional del Guadarrama y el cerro de San Babilés, no se puede colocar ninguna de las instalaciones que se regulan en la ordenanza. 

Esta normativa contempla también otros aspectos necesarios para garantizar las condiciones de seguridad de las instalaciones tales como los horarios de apertura y el personal que debe haber en las mismas durante todas las horas del día. Igualmente hace referencia a la obligación de los promotores de realizar un estudio de tráfico que analice los accesos a la instalación, la intensidad de tráfico de la zona para evitar que se perjudique al mismo, la cantidad de vehículos que puede acoger o la facilidad para realizar operaciones de carga y descarga. 

Además, se especifica la dotación de aparcamiento que debe tener la actividad que se regula --mínimo una plaza por cada 50 metros cuadrados-- y las condiciones higiénicas de la misma para la acumulación de aceites y carburantes y con los elementos necesarios para la recogida de aguas pluviales. 

También se regulan los aspectos estéticos de la instalación, que debe garantizar la integración con el entorno, y se requiere a los promotores la realización de un estudio en el que se contemplen puntos como la ubicación de la actividad y las zonas colindantes, cerramientos de la parcela o distribución de la instalación, así como los espacios libres dentro de la parcela.

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