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La Junta Electoral ve "improcedente" la celebración de un acto de la UJI en el que tenía previsto participar Oltra

La Junta Electoral de la Comunitat Valenciana ha atendido una queja-reclamación del PP ante la Junta Electoral Central, estimando lo solicitado en la misma y considerando "improcedente" la participación de la vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, en un acto organizado por la Universitat Jaume I (UJI) y el Colegio de Trabajo Social de Castellón y por la propia vicepresidencia y conselleria para este jueves, a las 17 horas, en el Paraninfo de la UJI, así como la celebración del propio acto.

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14/3/2019 - 17:25


CASTELLÓN, 14 (EUROPA PRESS)

La Junta Electoral de la Comunitat Valenciana ha atendido una queja-reclamación del PP ante la Junta Electoral Central, estimando lo solicitado en la misma y considerando "improcedente" la participación de la vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, en un acto organizado por la Universitat Jaume I (UJI) y el Colegio de Trabajo Social de Castellón y por la propia vicepresidencia y conselleria para este jueves, a las 17 horas, en el Paraninfo de la UJI, así como la celebración del propio acto.

El PP solicitaba en un escrito dirigido a la Junta Electoral Central que esta ordenara a Mónica Oltra que se abstuviera de participar en dicho acto, consistente en la presentación de 'La nueva Ley de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana' "al ser una campaña institucional no permitida dentro del periodo electoral, dando cumplimiento al artículo 50.2 de la OOREG, donde, en virtud del mismo, está prohibido cualquier tipo de acto que contenga alusiones a los logros obtenidos".

La Junta Electoral de la Comunitat entiende que el acto al que se refiere la queja, aun cuando no venga referida a un acto organizado por el Consell, lo es por una universidad pública y, según aparece en la invitación que se adjunta a la reclamación, es un acto que también organiza la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Así mismo, la Junta Electoral considera que no se trata de un acto que pueda resultar permitido "al tratarse de una campaña informativa que resulte imprescindible para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos", sino que, por el contrario, se trata de un acto que puede ser calificable como una actividad referida a realizaciones o logros obtenidos, en este caso, mediante la aprobación de una Ley, la de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat valenciana.
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