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Condenan a dos ceutíes por disparar a un menor marroquí y mofarse en redes durante la crisis migratoria de 2021

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado este miércoles por conformidad a un año de cárcel a dos varones naturales y vecinos de Ceuta de 31 y 34 años por disparar con una carabina a un joven marroquí de 17 años "con absoluta falta de humanidad y empatía" y posteriormente difundir el vídeo de la agresión que habían grabado con un teléfono móvil por Whatsapp y redes sociales.

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19/4/2023 - 14:08


CEUTA, 19 (EUROPA PRESS)

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado este miércoles por conformidad a un año de cárcel a dos varones naturales y vecinos de Ceuta de 31 y 34 años por disparar con una carabina a un joven marroquí de 17 años "con absoluta falta de humanidad y empatía" y posteriormente difundir el vídeo de la agresión que habían grabado con un teléfono móvil por Whatsapp y redes sociales.

Los hechos tuvieron lugar el 18 de mayo de 2021 a las 13,00 horas, en medio de la crisis migratoria que propició la entrada irregular en la ciudad autónoma de unos 12.000 marroquíes. En ese momento los dos condenados, movidos por un "íntimo malestar" y "crispación", decidieron según el relato de la Fiscalía "realizar acciones de represalia y venganza contra el colectivo de los menores extranjeros no acompañados y los inmigrantes irregulares que deambulaban sin cobijo ni alimentos".

Con "claro ánimo de mofa, sorna y vilipendio" y "obviando los más elementales principios de solidaridad, tolerancia y convivencia" utilizaron una carabina del calibre 5.5 propiedad de uno de ellos para, desde el balcón de una casa del centro de la ciudad, disparar contra un grupo de inmigrantes "mientras grababan en su teléfono móvil un vídeo de la agresión a la vez que manifestaban expresiones de insulto, mofa y risas".

El tiro alcanzó a un menor de nacionalidad marroquí en el costado izquierdo, donde sufrió heridas por las que tuvo que recibir tratamiento médico-quirúrgico en urgencias.

Según ha adelantado El Faro de Ceuta, los hechos se han considerado constitutivos de un delito de incitación al odio y otro de lesiones con armas e instrumentos peligrosos.

Las penas impuestas se han visto reducidas muy sensiblemente con respecto a la calificación inicial del Ministerio Público --nueve años de prisión-- a través de una atenuante muy cualificada de confesión y su ejecución ha quedado suspendida si los acusados no delinquen durante los dos próximos años.
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