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JUSTICIA

El TSJM condena al Ayuntamiento de Getafe a pagar 40.800 euros a una comunidad de propietarios por daños en un aparcamiento

De esta forma, se rechaza el recurso presentado contra la sentencia del juzgado contencioso administrativo nº 28 de Madrid de enero de este año, que había dado la razón a la comunidad de propietarios en su reclamación contra el Ayuntamiento por los daños ocasionados por filtraciones de agua en el aparcamiento.

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gentedigital.es
24/11/2015 - 11:58

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Getafe a pagar 40.800 euros a una comunidad de propietarios por ser el causante de los daños en una aparcamiento subterráneo, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

De esta forma, se rechaza el recurso presentado contra la sentencia del juzgado contencioso administrativo nº 28 de Madrid de enero de este año, que había dado la razón a la comunidad de propietarios en su reclamación contra el Ayuntamiento por los daños ocasionados por filtraciones de agua en el aparcamiento.

Según el informe del perito, las deficiencias detectadas en superficie en la acera y jardinera son, "a todas luces", la causantes de las humedades y el deterioro de materiales y vehículos en el aparcamiento.

El TSJM considera relevante en relación con la actuación de la Administración, el borrador de convenio de colaboración de 2006 entre el Ayuntamiento y la comunidad de propietarios en el que se dice que "dada la confluencia de interés que afectan a la zona pública y privada por cuanto se pretende acondicionar el aparcamiento, el acerado perimetral y supresión de parterres, se llega al presente convenio de colaboración, con la participación de ambas partes en los costes del proyecto dirigido y ejecutado por el Ayuntamiento".

Además, se contempla el porcentaje de distribución de los costes en el citado proyecto, estableciéndose un 64,89 por ciento para el Ayuntamiento y un 35,11 por ciento para los propietarios, constando igualmente el expediente de contratación que se tramitó en el Ayuntamiento para el acondicionamiento del aparcamiento y la reparación de la zona peatonal, que finalmente no llegó a aprobarse y consiguientemente a ejecutarse, para que se hubiera dado mejor solución al problema del que derivan los daños.

Según la sentencia, la impermeabilización de las jardineras ha podido verse afectada por la vegetación que en su día plantó el Ayuntamiento, así como el mantenimiento de la misma que se realizaba por esta Administración, por lo que queda establecido el nexo causal entre dicha actuación y los daños producidos. "El Ayuntamiento plantó la vegetación y mantuvo las jardineras causantes de las humedades", apostilla.

 

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