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ATME pide que se no se descuente la indemnización por residencia a los militares acogidos a reducción de jornada

La Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME) ha pedido este jueves que no se descuente la indemnización por residencia a los militares acogidos a la reducción de jornada que están destinados en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.

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23/3/2023 - 10:51


PALMA, 23 (EUROPA PRESS)

La Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME) ha pedido este jueves que no se descuente la indemnización por residencia a los militares acogidos a la reducción de jornada que están destinados en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.

Según ha informado ATME este jueves en un comunicado, reiteradas sentencias están dando la razón "de manera sistemática" al personal militar con reducción de jornada que solicita que no se le descuente de sus retribuciones la parte proporcional de la indemnización por residencia que les corresponde por estar destinados en estas comunidades y ciudades autónomas.

Estas sentencias han acreditado que no existe base jurídica suficiente para que la administración reduzca esta indemnización, según ha indicado la asociación, quien ha censurado que, sin embargo, desde el Ministerio de Defensa se siguen rechazando en vía administrativa las solicitudes presentadas por el personal militar afectado, "ocasionando que tengan que invertir sus retribuciones en iniciar procedimientos judiciales".

"No se puede entender tal actuación más que como una manera de Defensa de intentar dificultar la aplicación de este criterio, al insistir que 'pretensiones de reconocimiento o restablecimiento de una situación jurídica individualizada' sólo producirán efectos exclusivamente entre esas partes", ha explicado.

La indemnización por residencia tiene un carácter objetivo y viene a indemnizar las especiales circunstancias que rodean un destino que se ocupa, unas circunstancias que solo concurren en militares destinados en determinadas zonas geográficas, por lo cual son retribuidos, al margen del tiempo de prestación de servicios. Por tanto, al tener un carácter indemnizatorio, no puede verse reducido este complemento, independientemente de que exista o no reducción de jornada.

Por otro lado, han informado de que tampoco puede resultar de aplicación lo establecido en el artículo sexto del Decreto 361/1971 del Ministerio de Hacienda sobre indemnización por residencia, que reconoce el descuento de la indemnización por residencia en los supuestos de reducciones o equivalencias de jornada, ya que dicho Decreto tiene naturaleza preconstitucional y no contempla expresamente el tipo de reducción de estos litigios que se tratan porque no existían en la fecha en que se dictó, "por lo que no puede extenderse en su condición de norma restrictiva".

Por este motivo, ATME ha reclamado al ministerio de Defensa que impulse ante el Ministerio de Hacienda la modificación del Decreto 361/1971 y que, mientras esto no se produzca, adecue su normativa interna a las reiteradas sentencias emanadas de los tribunales superiores de justicia.
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