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SAF acude al Tribunal Constitucional para actuar en contra de la reordenación del sector público andaluz

El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha formulado dos demandas de amparo al Tribunal Constitucional (TC) por vulneración de los artículos 14 y 23.2 de la Constitución contra dos sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Séptima, que estimaron los recursos de casación interpuestos por la Junta contra los fallos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que respaldaron al sindicato.

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09/6/2014 - 18:16

SEVILLA, 9 (EUROPA PRESS)

El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha formulado dos demandas de amparo al Tribunal Constitucional (TC) por vulneración de los artículos 14 y 23.2 de la Constitución contra dos sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Séptima, que estimaron los recursos de casación interpuestos por la Junta contra los fallos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que respaldaron al sindicato.

El SAF ha destacado en una nota de prensa que acude al Tribunal Constitucional para actuar contra las sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo que estiman los recursos de casación interpuestos por la Junta, revocan las sentencias del TSJA y respaldan el protocolo de integración de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (Assda) y los estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (Amaya).

SAF considera que esta vía puede ser "la definitiva" para acabar con uno de "los escándalos más polémicos llevados a cabo por la Junta de Andalucía, la privatización de los servicios públicos y la inclusión sin procedimientos reglados de 30.000 personas, la misma cantidad que hay de funcionarios en la Administración Pública".

SAF siempre ha alegado la inconstitucionalidad de estos decretos y resoluciones que se han llevado a cabo ignorando a los sindicatos mayoritarios y emanan de una Ley, la 1/2011 de reordenación del sector público o "del enchufismo, que vulnera numerosos artículos de la Constitución".

A su juicio, "tampoco se respetan otras leyes", como la 9/2007 de la Administración de la Junta que distingue entre las agencias que "tienen personalidad jurídica pública (...)" y las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz que "tienen personalidad jurídica privada, por lo que en ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen ejercicio de autoridad".

El sindicato manifiesta en los recursos que el personal de fundaciones, amparándose en una figura exclusiva del derecho laboral como es la sucesión de empresas, pasa de un ente instrumental privado a otro público de forma ilegal.

También SAF defiende ante el Constitucional que las sentencias del Supremo conculcan los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, evidentemente incluyendo a los funcionarios, al acceso a un empleo público en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como criterios objetivos y no discriminatorios.

SAF expone en su recurso que, según la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, si no prospera el recurso de amparo se estaría vulnerando la jurisprudencia del propio Constitucional con respecto al acceso a la Función Pública en Andalucía, al no distinguir entre una subrogación empresarial de las normas laborales y "una irregular y peligrosa integración que convierte a personal externo automáticamente en personal laboral de las Agencias con acceso directo a la Administración y con atribución de funciones públicas".
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