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El Tribunal Supremo avala el ERE en Paradores

El Tribunal Supremo ha considerado válido el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) acordado entre Paradores de Turismo y las organizaciones CCOO y UGT que contemplaba 350 despidos y ha advertido de que si no se hubiera adoptado esta medida se hubiera producido una "espiral negativa que pondría en grave riesgo la continuidad de la plantilla y de la propia empresa".

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23/9/2014 - 13:50

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha considerado válido el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) acordado entre Paradores de Turismo y las organizaciones CCOO y UGT que contemplaba 350 despidos y ha advertido de que si no se hubiera adoptado esta medida se hubiera producido una "espiral negativa que pondría en grave riesgo la continuidad de la plantilla y de la propia empresa".

La Sala de lo Social ha desestimado el recurso interpuesto por los sindicatos minoritarios, CGT, CUT y el Comité de Hostal Reyes Católicos de Santiago de Compostela, contra la sentencia dictada en abril de 2013 por la Audiencia Nacional que consideraba "razonable" y "proporcionado" el expediente que supuso el despido de 350 trabajadores de los 644 previstos.

El alto tribunal ha ratificado así el acuerdo de 2 de enero de 2013 alcanzado por la empresa y el 92,95% de la representación laboral y los sindicatos mayoritarios, que redujo a 350 los despidos propuestos inicialmente con la posibilidad de adhesiones voluntarias hasta enero de 2013.

Hubo 172 adscripciones voluntarias y se contemplaron medidas temporales (regulación temporal o ERTE) para 246 empleados, la minoración de jornada anual de trabajo de 400 empleados en un porcentaje del 25% y además se redujo el cierre definitivo de paradores de siete a uno, Puerto Lumbreras en Murcia.

El Supremo ha destacado que concurren las causas económicas y productivas alegadas por la empresa para adoptar el despido colectivo. Entre ellas, la pérdida de más del 50% de clientes en 2012 y pérdidas por valor de 51 millones de euros en el periodo 2010 a 2012.

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