domingo, 12 de mayo de 2024 17:24 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en Valladolid

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos
Trib

Méndez tendrá diez días para ingresar en prisión una vez que la Audiencia de Valladolid reciba el fallo del TS

Si no lo hace de forma voluntaria, el tribunal sentenciador dictará orden para que sean las FCSE las que le metan entre rejas

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

26/11/2014 - 18:54

Si no lo hace de forma voluntaria, el tribunal sentenciador dictará orden para que sean las FCSE las que le metan entre rejas

VALLADOLID, 26 (EUROPA PRESS)

El alcalde de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), José Manuel Méndez Freijo, cuya condena a tres años de prisión y dieciséis de inhabilitación por prevaricación y cohecho acaba de ser confirmada por el Supremo, deberá ingresar en prisión de forma voluntaria en un plazo de diez días a partir de que la Audiencia vallisoletana reciba la ratificación de la sentencia.

El plazo para el ingreso voluntario en un penal, el que elija el propio Méndez, empezará a correr desde el mismo día en que el tribunal sentenciador que le condenó en primera instancia reciba la notificación oficial del Tribunal Supremo.

En caso de no hacerlo, será la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, que preside Feliciano Trebolle, la que dará orden a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a fin de que detengan al condenado y le conduzcan hasta el Centro Penitenciario de Valladolid, tal y como pudo saber Europa Press en fuentes jurídicas.

Y es que la postura de ambas secciones de lo penal de la Audiencia de Valladolid, tanto la Segunda como la Cuarta, es clara en este tipo de casos a raíz de la reunión para 'unificación de doctrina' que celebraron el pasado día 30 de octubre y en la que, por unanimidad, acordaron denegar la suspensión temporal de la pena privativa de libertad pese a que el condenado presente recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y solicite la paralización de la condena hasta que dicho órgano de Justicia resuelva el fondo del asunto.

Así, ambas secciones, según ha podido saber Europa Press en fuentes jurídicas, entienden que la obligación del tribunal sentenciador es "la ejecución" de la sentencia privativa de libertad pues "la competencia para acordar o no la suspensión de la ejecución corresponde exclusivamente al Constitucional".

INGRESO INMINENTE

De este modo, el ingreso de Méndez se ejecutaría en los próximos días, y sólo a posteriori el Constitucional podría ordenar a la Audiencia de Valladolid la excarcelación del regidor si así lo estimara oportuno antes de pronunciarse sobre el fondo de su recurso.

De igual modo, la Junta Sectorial de las Secciones Penales de la Audiencia de Valladolid se ha pronunciado en contra de conceder la suspensión temporal de una condena en supuestos de peticiones de indulto. "Al amparo del artículo 4º del Código Penal, se acuerda que no procederá dicha suspensión, salvo supuestos excepcionales", en referencia a cuestiones de índole personal o profesional de los condenados.
añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres